La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó la sentencia que condenó a R.M.A. a la pena de cumplimiento efectivo de tres años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de una menor de 10 años, hecho perpetrado en mayo del año pasado en la ciudad.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro, José Ignacio Mora y Natalia Rencoret – descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, que condenó al recurrente.
Anteriormente se alegó en contra de la sentencia definitiva de fecha 15 de octubre del 2022, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, por la que se condenó al acusado, pero el tribunal estimó que se efectuó una valoración de la prueba y se estableció el hecho punible consistente en el delito de abuso sexual.
El hecho fue cometido el 19 de mayo de 2021 en perjuicio de una niña de 10 años de edad a esa fecha, decidiéndose, en consecuencia, que la condena esta no es nula.
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