Actualidad

Aclaran situación de trabajadores del comercio en feriado de viernes santo en la región

Por Sebastián Martel / 8 de abril de 2025 | 12:46
El director y la seremi del Trabajo se refirieron al dictamen. Crédito: cedida.
La Dirección del Trabajo emitió un dictamen acerca de la situación de trabajadores del comercio el viernes 18 de abril. Revísalo aquí.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 8 días

La Dirección del Trabajo emitió recientemente un pronunciamiento sobre los derechos laborales de los trabajadores del retail en viernes santo, en respuesta a solicitudes de actores sindicales y diputados. 

En este caso, se analizó cómo la práctica reiterada de cierre de tiendas en esa fecha puede transformarse en una cláusula tácita dentro del contrato de trabajo, lo que obliga a las empresas a mantener esa costumbre si ha sido sostenida en el tiempo.

Al respecto, el director regional del Trabajo, Christian Aros, explicó que la idea central del dictamen en que las empresas y sus trabajadores que han cerrado sus tiendas a lo largo del tiempo en viernes santo deben confirmar esto, haciéndolo igualmente en esta fecha.

Por su parte, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Covarrubias, señaló que si bien no es un feriado irrenunciable, el empleador no puede desconocer la vigencia de las cláusulas que tácitamente han convenido en sus trabajadores.

“Les pedimos que se respete la costumbre y el comportamiento que se ha tenido hasta ahora en estas fechas. Para cualquier consulta en materia laboral, por favor llamen al 600 450 4000, donde pueden resolver todas sus dudas”, añadió la seremi.

La Dirección del Trabajo fiscalizará el cumplimiento de la normativa laboral y sancionará los incumplimientos, evaluando cada caso en función de las prácticas sostenidas.

Puedes revisar el dictamen completo AQUÍ.

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?