La Corte de Coyhaique rechazó esta semana el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia que le ordenó al Servicio de Salud de Aysén y Hospital de Puerto Aysén a indemnizar por el concepto de daño moral a familiares de un paciente que falleció por falta de servicios en marzo de 2020.
En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Coyhaique, con declaración que se eleva el monto indemnizatorio a la suma de 210 millones.
El fallo plantea que el apelante, tras describir el hecho juzgado ocurrido en la madrugada del 18 de marzo de 2020 reprueba la actividad médica desplegada en el Hospital de Puerto Aysén, resaltando la falta de preparación técnica de su personal médico para asumir el procedimiento frustrado de intubación orotraqueal.
Entre otros aspectos, el fallo resalta que el personal tuvo que recurrir a emplear una máscara laríngea que al menos permitió oxigenar al paciente, pero ventilándolo en un porcentaje menor.
También se indica la inexistencia de un ventilador mecánico, lo que ordenó a la doctora a cargo el traslado del paciente al hospital de Coyhaique. Además, un traslado 20 minutos tarde y por la falta de experiencia del personal en el traslado su situación se complicó.
Rechazada la apelación, el Servicio de Salud Aysén y Hospital de Puerto Aysén deberán pagar una indemnización por daño moral en beneficio de los actores. “La que se eleva a la suma equivalente a 70 millones de pesos, para cada uno, la que deberá solventarse con los intereses y ajustes que se devenguen desde que el fallo quede firme o ejecutoriado hasta la fecha en que se verifique el pago efectivo”, dice la resolución.
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