En los últimos días se ha discutido en diversos medios el real funcionamiento de la Ley de Urgencia aplicada en pacientes que padecen Covid-19.
En este sentido, es importante despejar la duda de que dicha ley, como lo dice su nombre, es aplicable sólo a situaciones de riesgo vital o secuelas funcionales graves.
Las personas que tengan síntomas sin riesgo vital y vayan a una clínica deben tener en cuenta que habrá copago y se tomará como una atención privada.
Por lo mismo, es importante recalcar que los usuarios de Fonasa deben buscar atención en primera instancia en hospitales o consultorios públicos.
Dicho esto, la atención para personas que requieran de cuidados intensivos por la enfermedad, le resultará gratuita sólo a un grupo de afiliados a Fonasa.
El valor de dicha suma dependerá de múltiples factores como la edad, la complejidad de la urgencia y el tramo o plan que el usuario tenga en su institución de salud.
FONASA
El 80% del país está afiliado a Fonasa. En caso de una hospitalización por Coronavirus, los afiliados de los tramos a A y B, junto a los mayores de 65 años, tendrán atención gratuita asegurada incluso si es que son trasladados a recintos privados.
Aquellos afiliados menores de 60 años, pertenecientes al tramo C y D, en tanto, tendrán un copago de 10% y 20% respectivamente.
Bien vale aclarar que una vez concluida la fase crítica de la atención,
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