La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en contra de la resolución de la Intendencia de Arica y Parinacota, que decretó la expulsión de dos ciudadanos venezolanos, quienes habrían ingresado de manera irregular al país y que, actualmente, residen en Coyhaique.
En fallo unánime (causa rol 7-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Ignacio Mora, Sergio Mora y Pedro Castro– acogió la acción interpuesta, tras establecer el actuar ilegal de la recurrida al dictar la resolución de expulsión de los amparados.
"(…) ha de atenderse, además, a las circunstancias personales de los amparados, en cuyo ingreso irregular al país, según los antecedentes aportados por la recurrente, habrían sido víctimas de delito, y que posteriormente han subsistido mediante el trabajo que desempeñarían en un comercio local, debiendo considerarse que los amparados residen en forma permanente en la comuna de Coyhaique, en una cabaña que sustentan con el trabajo que realizan, lo que da cuenta de un ánimo de permanencia", sostiene el fallo.
La resolución agrega que: "por todo lo antes razonado, esta Corte estima que el actuar de la recurrida, mediante la dictación de la Resolución impugnada, ha resultado del todo ilegal, provocando a los amparados una perturbación o amenaza a su libertad personal, lo que conlleva que la acción interpuesta deba ser acogida".
Por lo tanto, concluye que: "SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto, en favor de Julio José Neri Noguera, y de Yolvis Rafael Perozo Lara, en contra de la Resolución Exenta N° 5.897/5.495, de 30 de Julio de 2019, y Resolución Exenta N° 5.997/5.580, de 1 de Agosto de 2019, respectivamente, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, representada para estos efectos por su Intendente Regional, don Roberto William Erpel Seguel y, en consecuencia, SE DEJAN SIN EFECTO la Resolución Exenta N° 5.897/5.495, de 30 de Julio de 2019, y Resolución Exenta N° 5.997/5.580, de 1 de Agosto de 2019, que ordenaron la expulsión del territorio nacional de los amparados, ya individualizados".
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