Luego de una investigación liderada por la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía Regional de Aysén fue condenado a 700 días de presidio menor en su grado medio el ex Prefecto de Carabineros de la Región de Aysén, coronel Pablo Capetillo Contreras y a 300 días de presidio menor en su grado mínimo, al capitán y ex jefe de Fuerzas Especiales, Juan Fuentes Fuentealba.
La condena para ambos fue por el delito de obstrucción a la investigación calificada, tras acreditarse que ambos oficiales ocultaron videos que exculpaban a un estudiante de haber lanzado piedras a un funcionario de la institución el cual resultó con lesiones graves, en el contexto de una protesta en Avenida Ogana.
La investigación fue coordinada por el fiscal jefe de Sacfi, Luis González, quien también litigó en el juicio oral efectuado recientemente, por el espacio de una semana y media en Coyhaique.
La lectura de la sentencia de este juicio fue efectuada cerca de las 16.15 horas de este martes por el juez del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal, Pablo Freire, quien preciso que, al cumplir con los requisitos de la ley 18.216, el Tribunal sustituyó la condena de los imputados por la remisión condicional del procedimiento.
Los hechos de este caso datan de noviembre del año 2019, época de la crisis social en el país, cuando fue detenido un joven sindicado por la institución policial como autor del lanzamiento de proyectiles a un funcionario de Carabineros, quien resultó con lesiones graves en su rostro y dentadura.
Lo anterior, dio lugar a que el estudiante fuese formalizado por el delito de maltrato de obra a carabineros con resultado de lesiones graves, decretándose su prisión preventiva.
Esta situación cambió al descubrirse que, en los antecedentes entregados por los funcionarios policiales para inculpar al detenido de ese momento, se había ocultado un video que lo exculpaba del ilícito.
En base a la acusación del Ministerio Público, lo cual fue acreditado en el juicio, los condenados Pablo Capetillo y Juan Fuentes fueron informados de la existencia de un video que descartaba la participación del estudiante en las lesiones.
No obstante, ordenaron que éste fuese excluido de los informes que posteriormente fueron remitidos al Ministerio Público, los cuales fueron antecedentes fundantes para la formalización y prisión preventiva del joven.
Adicionalmente, los oficiales prestaron declaraciones durante la investigación donde omitieron su conocimiento del video exculpatorio.
El Fiscal Jefe de la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos, Luis González Aracena, dijo al conocerse el veredicto. “El hecho es de la más alta gravedad, puesto que vulnera el deber de las policías de indagar y de aportar a la Fiscalía, a fin de determinar tanto la participación de un hecho punible como también la no participación de una persona en estos hechos", indicó.
"Un joven que había cometido manifestaciones pero no había causado las lesiones, producto de estos actos desarrollados por los acusados, estuvo privado de libertad y en prisión preventiva, lo cual establece la comisión de un delito de obstrucción a la investigación”, agregó.
El fiscal González Aracena añadió que la corrupción pública es de un agente del Estado en el sentido de ocultar información que su deber es aportarlo.
"Es inaceptable y vulnera el principio de derecho, de Estado de Derecho en una sociedad democrática. El Ministerio Público presentó acusación, la cual fue acogida en todas sus partes por parte del Tribunal Oral”, dijo el fiscal.
En este juicio oral participaron como querellantes el Consejo de Defensa del Estado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos y el propio estudiante detenido en su oportunidad. A la audiencia de lectura de sentencia concurrió el fiscal adjunto, Jaime Rojas Gatica.
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