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"Un miedo insuperable", el fallo que exculpó a los hijos de Nabila Rifo

Por Pablo Santiesteban / 18 de diciembre de 2024 | 17:55
Un fallo histórico para el poder judicial chileno fue el realizado en el caso de los hijos de Nabila Rifo. Crédito: canva.com.
Tribunal Oral consideró que ambos hermanos fueron víctimas desde niños de un ambiente violento donde fueron vulnerados sus derechos. Conoce el fallo.
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Un espiral de tragedia donde no sólo la madre fue víctima sino que también los niños, así valoró el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique el caso de homicidio donde se vieron involucrados los hijos de Nabila Rifo, hecho ocurrido el pasado 1 de febrero en Coyhaique, y del que fueron exculpados en un fallo histórico para el poder judicial en Chile.

Ambos jóvenes se vieron involucrados en la muerte de Ignacio Gerardo Bañares Alvarado, quien amenazó violentamente a Nabila Rifo, hecho que provocó un forcejeo con el hijo mayor y posteriormente la agresión del hijo menor con un objeto contundente. Bañares cayó al suelo y recibió una serie de golpes de ambos jóvenes.

De acuerdo al fallo del tribunal, a consecuencia de la agresión Bañares terminó con un traumatismo craneoencefálico abierto complicado y una hemorragia subaracnoidea y subdural frontal-parietal y temporal derecha, heridas todas que causaron la muerte de la víctima el de febrero de 2024.

Sentencia

Estas son las conclusiones de la sentencia en este juicio.

“Que, si bien el Tribunal estimó que los hechos descritos en el apartado anterior logran identificar una conducta prohibida pues objetivamente los acusados, golpean reiteradamente con elementos contundentes a Bañares Alvarado, lo que a la postre causa su deceso, razonablemente puede estimarse que esta acción desplegada por los acusados, se encuentra revestida de la causal eximente de responsabilidad penal establecida en el artículo 10 N° 9 del Código Penal, esto es, “El que obra violentado por una fuerza irresistible o impulsado por un miedo insuperable.”, lo cual afecta la esfera de la culpabilidad”

“En efecto, la prueba demostró que ambos acusados estuvieron insertos desde temprana infancia en un ambiente de permanente violencia intrafamiliar y vulneración de derechos, atendidas las relaciones de pareja de la madre y consumo de alcohol, presenciando en forma constante actos de maltrato hacia aquella y que los afectaban directamente, según dieron cuenta en forma consistente los documentos incorporados por la defensa y las pericias psicológicas, antropológica y psiquiátricas, destacando sin duda el evento que se produjo en el año 2016 en contra de su progenitora públicamente conocido”.

“De acuerdo con toda la información incorporada, tales vivencias generaron un trauma a ambos acusados, el cual no recibió atención especializada y ha continuado presente en sus vidas hasta la fecha. Precisamente éste influyó de forma relevante en las acciones que ambos acusados realizaron el día de los hechos, por cuanto se encontraron frente a una situación que razonablemente les provocó un miedo de que se volvieran a producir eventos violentos pasados, y ese miedo fue de tal entidad que afectó ostensiblemente su forma de autodeterminarse en ese momento, no resultando posible reprochar penalmente su conducta”. 

“Conforme a lo que se ha expuesto, se desestima la acusación fiscal y por lo tanto se absuelve a los acusados, toda vez que se acredita una causal eximente de responsabilidad”. 

Actualmente los hijos de Nabila Rifo tienen 20 y 18 años y uno de ello dio la PAES dentro de un centro de reclusión.

 

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