La Corte de Coyhaique rechazó el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia que acogió la demanda interpuesta en contra de la empresa Entel PCS Telecomunicaciones SA, por las intermitencias en la señal telefónica y datos móviles que afectaron a clientes de la comuna de Lago Verde.
En fallo unánime (causa rol 25-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro, José Ignacio Mora y el fiscal judicial (i) Juan Patricio Silva– confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Policía Local de Lago Verde, que le impuso a la recurrente el pago de una multa de 250 UTM, es decir, un monto indemnizatorio de $1.000.000 para cada cliente demandante.
El juez de la instancia arribó a la existencia del daño moral en base a presunciones judiciales, las que constituyen un medio de prueba legal que le permitió presumir las frustraciones, molestias y perjuicios a partir de las necesarias consecuencias del servicio deficiente prestado por la denunciada.
Así se confirmó la sentencia definitiva de fecha 31 de marzo de 2023, dictada por el Juez del Juzgado de Policía Local de Lago Verde Rodolfo Knopke, en cuanto por ella se acogen las querellas infraccionales y las acciones civiles indemnizatorias por daño moral deducidas por los demandantes en contra de la demandada Entel PCS Telecomunicaciones.
En Lago Verde hubo 48 clientes afectados, es decir, Entel PCS debe pagar 48 millones de pesos por las intermitencias en su servicio de telefonía.
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