La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a Juan Alejandro Aguilar Muñoz a la pena de cumplimiento efectivo de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado, ilícito perpetrado en marzo del año pasado en la comuna.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro, José Ignacio Mora y Natalia Rencoret– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique había condenado al acusado en base a los fundamentos que en ella se expresan y que sancionó en cuanto expresó y valoró los medios de prueba que fundamentaron sus conclusiones.
La Corte de Apelaciones declaró sin lugar y rechazó sin costas el recurso de nulidad deducido por el Defensor Penal Público, en contra de la sentencia dictada con fecha 11 de Marzo del año 2024 por lo que la sentencia no es nula, como tampoco el juicio en la que se dictó.
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