La Corte de Apelaciones de Aysén falló a favor del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) y condenó a la empresa Cultivos Yadran S.A a pagar una multa de 500 UTM por entrega de información no fidedigna y 50 UTM por realizar tratamiento antiparasitario fuera de la fecha asignada por el servicio y sin autorización previa.
De esta forma la corte reafirmó la sentencia otorgada por el Juzgado de Letras y Garantía de Aysén, rechazando el recurso de apelación de la empresa.
Desde Sernapesca habían fijado un periodo, llamado ventana, para que la empresa realizara el tratamiento antiparasitario en el centro de cultivo Melchor 717.
La empresa entregó el informe post tratamiento a Sernapesca, en el cual se informaba al ente fiscalizador que el tratamiento se había iniciado el 30 de agosto del 2020, es decir, dentro del plazo otorgado por Sernapesca.
Un equipo de fiscalizadores de Sernapesca al hacer el seguimiento al track de navegación de la embarcación que habría prestado apoyo en las faenas de baños antiparasitarios, realizados entre 30 de agosto al 1 de septiembre del 2020, notaron una incongruencia entre la información entregada por la empresa y los movimientos de la embarcación, ya que la embarcación no se detuvo en el centro de cultivo Melchor 717 en la fecha indicada por la empresa.
De este modo, utilizando el sistema de monitoreo satelital, los fiscalizadores pudieron analizar las posiciones geográficas y datos como fecha, hora, rumbo y velocidad, asociados al movimiento de la embarcación, corroborando que la empresa había realizado los baños para tratamiento de Caligus entre el 2 y 3 de septiembre, fuera de la ventana oficial y por lo tanto había cometido una falta grave al entregar información no fidedigna al servicio.
El director regional (s) de Sernapesca Aysén, Jorge Padilla, valoró la sentencia de la Corte de Apelaciones.
“Esperamos que este fallo sea ejemplificador para la industria acuícola, ya que entregar información no fidedigna es una falta grave. Afortunadamente contamos con sistemas de fiscalización documental que nos permiten revisar los track de navegación, entre otras cosas, y poder corroborar la información entregada en los informes", señaló.
"Hacemos un llamado a las empresas a que realicen la actividad respetando la normativa vigente y los plazos establecidos para sus operaciones o de lo contrario, que nos informen para poder evaluar autorizar una nueva ventana” concluyó Padilla.
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