La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó la sentencia que condenó a I.M.D.B. a la pena única de 17 años de presidio efectivo, en calidad de autor de cuatro delitos consumados de abuso sexual de una mayor de 14 años, ilícitos perpetrados a fines de 2017, en Puerto Cisnes; y entre 2018 y noviembre de 2019, en Castro.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro, José Ignacio Mora y Natalia Rencoret– descartó error de derecho en la sentencia recurrida, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
En el fallo se indica que “(…) atendido lo reseñado precedentemente, no se ha constatado una infracción al principio de congruencia, de relevancia, en la sentencia impugnada, contenido y regulado en el artículo 341, del Código Procesal Penal, de cuya lectura ha de concluirse que no se ha visto atropellado por la decisión de los Jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique".
Así, la corte declaró sin lugar y se rechaza el recurso de nulidad deducido por la defensa en contra de la sentencia dictada con fecha 19 de septiembre del año 2022, en cuanto se condenó al acusado I.M.D.B., por los cuatro delitos consumados de abuso sexual, y tampoco es nulo el juicio en que se dictó la condena.
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