La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección y ordenó dejar sin efecto la resolución, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que estableció una cuota adicional de 300 toneladas de extracción de erizos (loxechinus albus) en la Región de Aysén, con destino a la Región de Los Lagos.
En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro, Natalia Rencoret y el fiscal judicial Gerardo Rojas– estableció el actuar arbitrario de la recurrida al alterar una resolución previa, afectando el derecho constitucional de propiedad.
Según el fallo la Resolución Exenta N° 1.557 del 2 de Agosto de 2022, modificatoria, no fue dictada en términos técnicos precisos sino más bien por las movilizaciones de los pescadores artesanales de Quellón, Región de Los Lagos, por la que solicitaban un aumento de su cuota de la extracción del erizo que ya se encontraba fijada por la autoridad.
También señala que en la resolución cuestionada se omitió la consulta al Comité de Manejo de las Pesqueras Bentónicas de la Región de Aysén, Comité de manejo de los Recursos Bentónicos de la Bahía de Ancud y Consejo Zonal de Pesca de la Región de Los Lagos, consulta que si se efectuó para la dictación de la Resolución Exenta N° 675 del 28 de Marzo del 2022 de la Subsecretaría de Pesca.
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