La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que condenó a P.A.T.G. a la pena de siete años de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos de abuso sexual de menores de 14 años.
Los ilícitos fueron perpetrados entre agosto de 2019 y julio de 2020 en Coyhaique.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro, José Ignacio Mora y Natalia Rencoret– descartó infracción de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
El fallo indica que si bien el acusado tiene una irreprochable conducta anterior, la naturaleza de los ilícitos imputados y su forma de comisión, no se condecían con los elementos de prueba que la defensa aportó como para tenerla como muy calificada.
Además tampoco colaboró sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, los que, según se concluyó con la sentencia condenatoria, fueron dilucidados con la prueba aportada por el Ministerio Público y porque además el acusado, explícitamente, negó la ocurrencia de los hechos que se le imputaron.
La corte rechazó el recurso de nulidad de la defensa en contra de la sentencia dictada con fecha 5 de agosto del 2022 y ratifica la condena de siete años de prisión.
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