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Multan a salmonera por no tomar muestras tras denuncia de virus en un centro

Por Pablo Santiesteban / 1 de septiembre de 2022 | 16:09
La denuncia se hizo en febrero de 2020 en un centro de cultivo de la comuna de Cisnes. Crédito: imagen referencial.
Empresa apeló el fallo, pero la Corte de Apelaciones confirmó la sentencia al desestimar los argumentos.
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La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de protección presentado por la empresa Cultivos Yadran SA, en contra de la sentencia, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Aysén, que la condenó al pago de una multa por no realizar un muestreo tras una denuncia por posible virus ISA en su crianza de salmones.

El hecho fue denunciado en febrero de 2020 y la multa fiscal es de 50 UTM en el centro está ubicado en calle Melchor 716, ubicado en la comuna de Cisnes

En fallo unánime (causa rol 123-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Ignacio Mora, Natalia Rencoret y el abogado (i) Fidel García– desestimó la acción, tras establecer que la denuncia interpuesta por Sernapesca cumple con los requisitos legales y constituye la presunción de existencia de la infracción.

El fallo precisa que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 125 Nº 1 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, la denuncia efectuada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, cumple plenamente con los requisitos que dicha disposición establece lo que además, constituye presunción legal de haberse cometido la infracción.

Añade que se concluye que no sólo se infringieron las disposiciones legales y reglamentarias establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, sino que también el D.S. 319-2001, sobre Reglamento de Medidas de Protección, Control y erradicación de Enfermedades de Alta Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, relacionado con la Resolución Exenta N° 1577 sobre Control y Vigilancia del Virus ISA.

De esta manera la corte desestimó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia del 18 de abril de 2022, "con costas del recurso”, tal como concluye. 

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