En el marco de la investigación que realiza la Sección de Investigaciones Policiales (SIP), tras un aviso de bomba en el Liceo Industrial de Osorno realizado este jueves 8 de septiembre, el padre de un alumno de ese establecimiento educacional se encontraba prestando declaraciones esta tarde.
Así lo dio a conocer el mayor Carlos Reyes, jefe de la Primera Comisaría de Osorno, al referirse a los hechos suscitados por la supuesta presencia de un artefacto explosivo descartada por personal del GOPE, que revisó de todas las dependencias del citado liceo, tras su arribo desde Puerto Montt.
El llamado se registró poco antes de las 13 horas y generó la evacuación preventiva de los 500 alumnos del liceo, el personal docente y funcionarios del establecimiento, además de los menores y trabajadores de un jardín infantil contiguo al recinto, ubicado en el acceso principal a la ciudad.
El comisario precisó que este hombre se encontraba en la Primera Comisaría de Carabineros de la ciudad, ya que a su hijo se le asocia a la llamada efectuada al 133.
“Esto, producto de las diligencias que realizó la SIP de Carabineros, de esta unidad, con el número que quedó registrado en la Central de Comunicaciones”, explicó.
Asimismo, el alto oficial comentó los pasos que vendrán en esta investigación, iniciada tras una denuncia realizada por Carabineros ante el Ministerio Público.
“En estos momentos, estamos a la espera de las instrucciones de Fiscalía, respecto de cuál será el destino procesal de este hombre adulto y, naturalmente, del adolescente. Se está estableciendo si habría sido o no quien realizó la llamada”, precisó.
En este contexto, el jefe de la Primera Comisaría de Osorno instó nuevamente a la comunidad a no hacer mal uso del 133.
“Esto importa una falta al Código Penal, lo que se establece como falsa alarma pública y está considerado en su artículo 268 Bis”, consignó el mayor Reyes.
Cabe precisar que, según se indica en dicho cuerpo legal, “el que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo”; vale decir, desde 61 a 540 días.
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