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Condenan a autora de homicidio simple en Coyhaique

Por Pablo Santiesteban / 26 de julio de 2022 | 09:41
El fallo fue dado a conocer por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique. Crédito: Poder judicial Aysén.
Recibió 7 años y 183 días de presidio efectivo por crimen con arma cortopunzante.
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Daniela Alejandra Mansilla Álvarez a la pena de 7 años y 183 días de presidio efectivo, en calidad de autora del delito consumado de homicidio simple, hecho perpetrado en noviembre del año pasado, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 33-2022), el tribunal aplicó, además, a Mansilla Álvarez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso y destrucción del arma incautada.

El tribunal dio por acreditado que aproximadamente a las 04:30 horas de la madrugada del 3 de noviembre de 2021, en el interior del domicilio ubicado en calle Monreal N° 57 de Coyhaique, se encontraban bebiendo alcohol Juan Carlos Ulloa Aburto, Daniela Alejandra Mansilla Álvarez y otros dos sujetos.

En dichas circunstancias, se produce una discusión entre Mansilla Álvarez y Ulloa Aburto, procediendo la primera a agredirlo con un arma cortopunzante, propinándole una herida corto penetrante en la zona toráxica.

“A consecuencia de su accionar con el arma, ésta penetró el espacio intercostal delimitado por la segunda y tercera costilla izquierda, dañando el borde medial del lóbulo superior del pulmón izquierdo y herida de tres centímetros de largo en el saco pericárdico, siendo trasladado al hospital donde se produce el deceso, siendo la causa de muerte herida cortopunzante torácica penetrante cardiaca-shock hipovolémico”, concluye el fallo.

 

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