A la sala del Senado se despachó para segundo trámite constitucional, una modificación a la ley N° 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos.
El texto se enfocará exclusivamente sobre los loteos ubicados en el sector urbano y de manera excepcional sobre los rurales que se encuentren en zona contigua.
La iniciativa propone un procedimiento simplificado para el saneamiento y regularización de las obras mínimas de urbanización que requieren aquellos asentamientos poblados que no cuentan con permiso o recepción de loteo otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales.
Se avanza en fijar con precisión los requerimientos que deberán cumplirse en materia de acceso a servicios básicos, y se instruye al SII a asignar rol en cuanto tome conocimiento de la recepción de las obras de urbanización.
Así también obliga a los notarios y Conservadores de Bienes Raíces a una revisión más exhaustiva de los títulos, a fin de evitar la proliferación de loteos a través de figuras como la venta de derechos.
El articulado precisa los requisitos para acogerse a la normativa y aclara las exigencias de la solicitud, en este último punto se aborda la situación de los loteos irregulares, en que el vendedor desaparece tras engañar a los compradores.
Con todo, el proyecto avanza en la incorporación de condiciones mínimas de urbanización de loteos: trazado urbano, equipamiento y servicios, que es el objeto de este proyecto y, aborda la regularización de la propiedad raíz (sitios individuales; regularización de las edificaciones).
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