La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de amparo presentado por la defensa de cinco condenados que fueron trasladados por Gendarmería, desde el Centro de Detención Preventiva de Puerto Aysén a recintos penitenciarios de Puerto Montt y Valdivia.
En fallo unánime (causa rol 7-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Sergio Mora, Pedro Castro y José Ignacio Mora– acogió la acción judicial al considerar que la recurrida actuó en forma arbitraria e injustificada al disponer el traslado de los amparados.
“Se constata de los antecedentes allegados que no existe evidencia fehaciente respecto a situaciones graves de indisciplina o faltas de cumplimiento relevantes al orden interno, solo se mencionó en estrado alguna sanción por la tenencia de celulares al interior del penal, sin acompañar documentación suficiente que amerite considerar ello como infracción grave que justifique el traslado por razones de seguridad”, dice el fallo.
"Si bien también se fundamentó el traslado de los internos en el tipo de delito por el cual fueron condenados, esto es, tráfico ilícito de drogas, lo cierto es que tal presupuesto (…) no tiene consecuencias en el régimen interno del penal en que se encontraban cumpliendo la condena los amparados, no siendo suficiente, per se, para justificar el traslado de los mismos”, agrega.
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