En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó el recurso de protección contra el alcalde de Coyhaique, presentado por dirigentes sindical que denunciaron despidos al interior del municipio.
La acción la interpusieron los dirigentes Mauricio Muñoz, José Pérez y Armando Gacitúa en contra de Carlos Gatica, luego que éste anunciara querellas contra los antes nombrados por injurias y calumnias.
Los dirigentes consideraron que los dichos del alcalde representaban un “amedrentamiento” al accionar sindical y presentaron el recurso. En paralelo, Gatica no presentó ninguna acción judicial contra los dirigentes.
De acuerdo a la redacción del fallo “el anuncio de una eventual interposición de una querella por injurias no constituye, en el presente caso, un acto ilegal, desde que tal declaración constituye el ejercicio de la libertad de emitir opinión, previsto en el N.º 12 del artículo 19 de la Constitución Política de la República".
Argumenta que en sus dichos el alcalde sólo estaba "manifestando su intención de ejercer un derecho de defenderse frente de expresiones, concretas y precisas, proferidas en su contra".
También se resolvió que el anuncio de una querella no configura un acto arbitrario y el tribunal de alzada rechazo el recurso, considerando que no hubo un acto ilegal o arbitrario, "por no haber tenido motivo plausible para accionar”, según señala el fallo.
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