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Confirman fallo que acogió demanda laboral contra corporación educacional

Por Pablo Santiesteban / 16 de septiembre de 2021
Se trata de la demanda de un grupo de trabajadoras contra la corporación del Club de Leones de Coyhaique.
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La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la Corporación Educacional Club de Leones de Coyhaique, contra la sentencia que acogió la demanda de tutela laboral interpuesta por un grupo de trabajadoras por vulneración de derechos fundamentales.  

En fallo unánime (causa rol 64-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Sergio Mora, Pedro Castro y José Ignacio Mora– ratificó la sentencia recurrida, dictada el 24 de junio de 2021, que acogió la demanda por vulneración de derechos respecto de daño a la integridad psíquica y la honra de las afectadas.

El fallo señala “(…) se tiene que el Tribunal realizó el análisis exhaustivo y detallado de toda la prueba rendida, en virtud de la cuales se establecieron los hechos constitutivos de los indicios denunciados como vulneración a los derechos fundamentales de las trabajadoras, máxime si los supuestos vicios denunciados por la recurrente de nulidad, exclusivamente dicen relación con la omisión de probanzas conducentes a acreditar, un buen clima de convivencia laboral, y, que el Tribunal no se hizo cargo de la secuencia y seguidilla de actos demostrativos de maltrato sicológico, faltas de respeto y acoso para con la persona y honra de la Directora del Establecimiento doña Maribel Prat, aun existiendo evidencia probatorias aportadas como las funas mediáticas en redes sociales, desde que aquellas circunstancias, nada dicen relación con la materia de fondo que se conoce, esto es, la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales de las trabajadoras, acción que por su naturaleza tiene por objeto conocer de lesiones a ciertos derechos fundamentales de los trabajadores y no respecto de la empleadora, como pretende plantearlo la denunciada, de este modo, los fundamentos de la recurrente se vislumbran más bien como propios de una apelación que de un recurso de derecho estricto, como es el recurso de nulidad”.

Por tanto, se resuelve que:  se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por la Corporación Educacional Club de Leones de Coyhaique, demandada, en contra de la sentencia definitiva, de 24 de junio de 2021, dictada por la juez suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique, Florentina Rezuc, por la cual se acoge la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales durante la vigencia de la relación laboral interpuesta por Carmen Gloria Martínez en representación de las actoras, fundado en las causales de la letra b) y e) del artículo 478, del Código del Trabajo y en consecuencia dicha sentencia no es nula”.

 

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