La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección presentado en contra de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes de Aysén, por poner término anticipado a la contrata anual del funcionario Cristián Alejandro Arancibia Otei que era parte de dicha repartición.
En fallo unánime (causa rol 256-2021), el tribunal de alzada –integrado por los ministros Sergio Mora Vallejos, Pedro Castro Espinoza y José Ignacio Mora Trujillo– estableció el actuar ilegal y arbitrario de la repartición pública y le ordenó el inmediato reintegro del trabajador y el pago de las remuneraciones por el tiempo que estuvo separado de sus labores y su reincorporación.
El fallo sostiene que “resulta palmaria la falta de congruencia en el actuar de la recurrida, contraviniendo sus propios actos, desde que la resolución impugnada se fundamenta extensamente en el mal desempeño funcionario del recurrente, consistente en una deficiente evaluación de su trabajo como abogado de la Secretaría Regional Ministerial de Aysén, sobre hechos que la misma resolución expone”.
La resolución agrega que “entonces, este fundamento se contraviene abiertamente con el actuar previo de la recurrida, de fecha 30 de noviembre de 2020, en que le comunicó al recurrente la decisión del servicio de renovar su contrata para el año 2021, fundado en la aprobación respecto de su desempeño y logros obtenidos; sin perjuicio que ello concuerda con la calificación del año 2019, en lista 1, de distinción, con una hoja de vida funcionaria emitida el 2021 sin anotaciones de demérito y con la realización de varios curso de capacitación el año 2019; sin que se cuente con la evaluación de desempeño pendiente por el año 2020, debido a las condiciones de pandemia que nos afecta actualmente a nivel mundial, sin embargo estos antecedentes se avienen más con lo que motivó la renovación de la contrata que con los fundamentos de la resolución impugnada”.
De esta forma se acogió el recurso que presentó el abogado por Lorenzo Avilés, en representación de Arancibia Otei en contra de la Subsecretaria de Las Culturas y Las Artes y se deja sin efecto la Resolución Exenta de esta entidad.
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