La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un imputado por delito de abuso sexual consumado.
La acción fue presentada en contra de la sentencia que condenó a L.A.A.C.E. a la pena de cinco años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual. Ilícito perpetrado entre 2015 y 2016, en la ciudad.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Ignacio Mora, Pedro Castro y Luis Aedo– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
“Que, de consiguiente, la sentencia recurrida, a juicio de esta Corte, no ha infringido las reglas de la lógica, en específico, el principio de la razón suficiente, ya que existen bastantes elementos de juicio para aceptar como verdadera la proposición fáctica del tribunal, desde que a la prueba rendida en la audiencia respectiva se le atribuyó el mérito adecuado para dar fundamento a tales conclusiones y no a otras, mediante inferencias que han sido necesarias e inequívocas”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que consideró creíble el relato de la víctima prestado en juicio, el que concordó con otros datos anexos objetivos vinculados con esta época que fueron proporcionados por la ofendida y los testigos.
La resolución rechaza sin costas el recurso de nulidad planteado por la defensa, en representación de L.A.A.C.E. por la causal que alegó, en contra de la sentencia definitiva, de fecha 11 de noviembre de 2023, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
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