La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección deducido en contra de una usuaria de Facebook, y le dio tres días para eliminar las publicaciones y comentarios que subió a la red social que afecten la honra de los recurrentes en un hecho perpetrado en enero pasado en Puerto Aysén.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar y le ordenó a la recurrida abstenerse, en lo sucesivo, de incurrir en publicaciones similares en la red social o por otra vía análoga.
El fallo indica que la recurrida opto por realizar diversas publicaciones en una red social pública, transformando su accionar en "una autotutela de los derechos que le asistirían y exponiendo a aquellos a dañinos comentarios".
La resolución agrega que en la actualidad no puede minimizarse la trascendencia e influencia de las redes sociales en la opinión pública y entorno social, con mayor relevancia en ciudades de baja densidad poblacional, como es el caso de Puerto Aysén, en que gran parte de las personas se conocen o, al menos, se ubican.
“Motiva, indudablemente, a emitir opinión propia y en la generalidad de los casos, con ausencia de otros elementos necesarios para ello, dejándose de lado la mesura y cuidado que debe rodear a todos los actos y acciones de las personas y su entorno, lo que conlleva, a terceros, a tomar partido por quien realiza la denuncia o lo que se presume es la afectación de sus derechos”, indica el fallo.
"El recurso se acogió por estimarse que la recurrida vulnera y ha lesionado el derecho a la honra que asiste a los recurrentes, y que se encuentra protegido por el N° 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, como asimismo el artículo 19 N° 3 de la señalada Carta Fundamental, lo que constituye un acto ilegal y arbitrario”, añade la resolución.
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