La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección a favor de Lucía Martínez y le ordenó a la Municipalidad de Aysén renovar su contrata, denegada por un supuesto déficit financiero de la corporación edilicia.
La Primera Sala del Tribunal de alzada acogió la acción constitucional, tras establecer que el actuar fue ilegal e infundado por parte del municipio, al poner término a la relación laboral de más de 10 años, lo que generó la expectativa legítima de la recurrente de continuar con su contrata anual.
La corte deja sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 5548 del 29 de noviembre de 2022, mediante la cual la recurrida dispuso no renovar para el periodo 2023, su contrato de prestación de servicios a honorarios y ordena el reintegro inmediato a sus funciones y el pago de las remuneraciones devengadas durante el tiempo que la recurrente ha estado separada de su cargo hasta su efectiva reincorporación.
Igualmente se determinó que se vulneró el derecho de propiedad, estatuido en el artículo 19, N° 24, de la Carta Magna, desde que priva de manera ilegítima a la recurrente de las remuneraciones a las que tenía derecho a percibir durante su desempeño laboral.
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