La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó la apelación de la empresa Salmones Multiexport S.A, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Aysén que la condenó al pago de una multa fiscal de 100 UTM, por no respetar, en el Centro de Cultivo “Stokes”, la frecuencia de muestreos respecto del virus ISA entre febrero y marzo de 2020.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció el carácter reincidente de la denunciada e indica: “(…) deberá desestimarse la alegación antes referida, por no reunirse los requisitos de imprevisibilidad e irresistibilidad, ambos necesarios para configurar la eximente de fuerza mayor pretendida e invocada, desde que la denunciada pudo tomar las providencias necesarias y dispuestas".
La corte indica que la empresa no se adecuó a lo que exige la Ley General de Pesca y Acuicultura y su normativa anexa, respetando de esta forma la frecuencia de los muestreos respecto del control y prevención del virus ISA.
La sentencia contra Salmones Multiexport S.A. se confirmó en un pago de 100 UTM por la responsabilidad que le asiste por no respetar el Centro de cultivo “Stokes” la frecuencia de muestreos respecto del virus ISA, en los términos exigidos por el reglamento sanitario.
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