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Caso FAM: Ministra critica "inconsistencias" de juez de garantía de Coyhaique

Por Pablo Santiesteban / 24 de noviembre de 2021
Rommy Rutherford manifestó su malestar a la presidenta de la Corte de Apelaciones. Conozca detalles del caso que enloda a miembros de las FF.AA. en la región
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Todo comenzó el 12 de octubre del presente año cuando la Corte Suptema dictaminó a Rommy Rutherford como ministra de la Corte Marcial en el llamado Caso FAM que investiga a militares activos y en retiro que habrían cometido fraude al fisco.

Antes la causa era sustanciada en el Juzgado de Garantía de Coyhaique, razón por la que la Segunda Sala del Máximo Tribunal ordenó que los antecedentes le fueran remitidos a Rutherford para que ella continuara con la tramitación, pero ese a ser notificado del fallo el tribunal de garantía coyhaiquino no se dio por aludido y no cumplió con lo dispuesto, situación que motivó un primer oficio de la ministra Rutherford enviado el 4 de noviembre.

El 8 de noviembre el juez suplente del Juzgado de Garantía de Coyhaique, Félix Asencio, dictó una nueva resolución que permitió el envío de los antecedentes a la Justicia Militar, a través de un link abierto a todo público. En él el juzgado coyhaiquino se declara incompetente.

NUEVO OFICIO

Ante la forma de proceder del juzgado la ministra Rutherford envió un oficio a la presidenta del tribunal de alzada de Coyhaique que pide se revise la actuación del juez suplente.

A juicio de Rutherford, la resolución firmada por el juez (s) Asencio no se limita únicamente a cumplir con lo ordenado por la Suprema, sino que de manera injustificada emite un nuevo pronunciamiento acerca de la competencia en la investigación, cuestión que había sido zanjada el 12 de octubre por la Corte Suprema. Añade que “es improcedente” que el juzgado declare su incompetencia.

Lo hecho por el juez suplente de Coyhaique tuvo dos efectos negativos -según una publicación de Bio Bio Chile- lo primero fue abrir la posibilidad para que intervinientes puedan volver a recurrir respecto de un asunto que ya fue zanjado por el máximo tribunal y lo segundo fue retardar injustificadamente la tramitación de la causa que en la práctica ya había estado paralizada por casi 10 meses.

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