Desde el pasado 1 de marzo comenzó a regir el Autoacordado de la Excma. Corte Suprema que permite la realización de subastas judiciales de bienes inmuebles bajo la modalidad de videoconferencia, con dos grandes objetivos: mantener la salud e integridad de los usuarios y, también, asegurar un mayor acceso, transparencia y masividad de postores.
En este sentido, junto con anunciar que existen tres audiencias agendadas para el mes de abril, la magistrada del 1° Juzgado de Letras de Coyhaique, Florentina Rezuc, se refirió a los principales beneficios de esta iniciativa virtual.
“Sin duda esto permite un mayor acceso a la justicia por parte de nuestros usuarios, resultando esta medida un gran avance en cuanto a la transparencia de estos procedimientos. Ejemplo de ello es que hoy en día, en la página web del Poder Judicial, se cuenta con un canal de información unificado, el cual contiene todos los remates que se van a realizar en los distintos tribunales del país, informando la fecha de realización de estas audiencias, el link de conexión y los datos de la causa y el inmueble a subastar”, sostuvo la magistrada.
“La participación de los postores en cualquier región del país es una de las mayores ventajas que establece la implementación de este auto acordado por cuanto, antiguamente, la participación de estas personas en las subastas sólo era posible de manera presencial en los tribunales donde se iba a realizar el remate. Ahora, a través del uso de la tecnología, los postores pueden participar desde cualquier lugar del país, por ejemplo, desde Arica a Punta Arenas, hacer sus ofertas y así poder adjudicarse un bien inmueble”, informó la jueza Rezuc Hernández.
Agregó que: “Nuestros usuarios pueden participar en las audiencias de remate a través de dos formas, sea como público o como postores, pero, respecto a esta última opción, es necesario cumplir con dos requisitos: Contar con la Clave Única, que puede ser obtenida a través del Registro Civil y, el segundo, es efectuar una consignación o depósito correspondiente al valor del 10% del avalúo del bien inmueble, esto para ver la seriedad de la oferta que pretende realizar”.
El auto acordado de la Excma. Corte Suprema señala que el uso de herramientas telemáticas permite incorporar las virtudes de este tipo de instrumentos, tales como ampliar la participación a interesados que están imposibilitados de ir presencialmente al tribunal, así como también, la posibilidad de interactuar en tiempo real en igualdad de condiciones con el resto de los postores.
Respecto a los desalojos en época de estado de excepción, la magistrada Florentina Rezuc indicó que: “Hoy lo primordial es abogar por la salud de las personas, resguardando así la vida humana, razón por la cual se decidió en el tribunal no dar lugar a los lanzamientos o desalojo de personas, ello mientras dure el estado de excepción constitucional en el país, que tiene fecha hasta el próximo 30 de junio”.
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