Actualidad

Piden protocolo para locales gastronómicos de comunas en fase 2

Por Gerardo Pavez / 9 de junio de 2021
Con el objeto de flexibilizar aquellas medidas sanitarias que obligan la atención al aire libre.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 3 años

127 votos a favor, cuatro en contra y cinco abstenciones sumó la resolución 1570, que pide al Ejecutivo un protocolo para los locales de atención gastronómica de comunas en fase 2, durante el invierno.

En lo particular, se solicita al Presidente de la República que instruya a los ministros de Salud y de Economía que consideren, en el marco del Plan Paso a Paso, para las comunas que se encuentren en fase 2 y al menos durante los meses de invierno, la implementación de un protocolo para los locales de atención gastronómica, especialmente de la zona sur de Chile, con el objeto de flexibilizar aquellas medidas sanitarias que obligan la atención al aire libre.

Para ello, la iniciativa -de los diputados PS Fidel Espinoza, Jaime Naranjo, Emilia Nuyado y Marcelo Schilling– pide un control estricto y permanente de toma de temperatura en la entrada, uso de mascarillas y alcohol gel para el personal y clientes, junto con la demarcación gráfica en el acceso del local, para el correcto distanciamiento entre las personas.

También, el uso de mascarilla del personal del restaurant o cocinería en forma permanente; y en todo momento, de los clientes que solamente se la podrán quitar cuando ingieran alguna bebida o alimento.

El protocolo, además, debiera considerar la desinfección permanente de las mesas y mobiliario del restaurante utilizando alcohol al 70%; el registro de clientes, detallando fecha, nombre, Rut, email y teléfono; el envío diario del listado de clientes a la Seremi de Salud respectiva, con la finalidad de que, si algún cliente Covid-19 positivo o contacto estrecho ingresa al local, pueda ser identificado e iniciar las acciones tanto sanitarias como legales que correspondan.

A su vez, la iniciativa parlamentaria pide que se permita atender dentro de los salones interiores bajo techo, contando con ventilación permanente y mesas con un distanciamiento de al menos 2,8 metros; atender un máximo de 2 personas, por mesa estándar; poder reunir hasta 2 mesas para miembros de una familia que vivan bajo el mismo techo; y fijar un máximo de cuatro comensales por grupo.

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?